Instructivo para el Ocultamiento de Datos Personales
Protección de Datos Personales
Mediante Resolución No. 027-FGE-2024 emitida el 10 de mayo de 2024, la Fiscalía General del Estado aprobó el Instructivo para el Ocultamiento de Datos Personales registrados en las noticias del delito o actos administrativos publicados en el módulo de consulta externa del SIAF (Sistema Integrado de Actualizaciones Fiscales). Este instructivo regula el proceso de ocultamiento de los datos personales registrados en las noticias del delito o actos administrativos que se publican en el SIAF. Para dar inicio con el trámite se requiere de la solicitud expresa del titular de los datos personales o quien haga sus veces como mandatario o representante legal.
El fin del ocultamiento de los datos personales es respetar y precautelar los derechos al honor, buen nombre y no discriminación de las personas una vez que se ha concluido un proceso penal. Bajo las condiciones de ley, los organismos judiciales deben garantizar el derecho a la protección de datos, verificando y dando trámite a las solicitudes que pretendan su ocultamiento.
Hay que mencionar que el Sistema Integrado de Actualizaciones de Fiscales es una herramienta informática en el que se da registro, seguimiento y control de las actuaciones fiscales en las etapas de los procesos penales. Es de aquí donde se ocultarán los datos.
El ocultamiento de datos personales procede únicamente cuando existan decisiones jurisdiccionales de resolución de:
- Archivo
- Sobreseimiento
- Conciliación cumplida
- Extinción del ejercicio de la acción penal
- Prescripción
- Sentencia condenatoria cumplida
- Ratificación de inocencia
Proceso de ocultamiento de datos personales registrados en el SIAF
- Se debe presentar una solicitud escrita en la Dirección de Control Jurídico y Evaluación Fiscal, en la que se enmarque la causal por la que debe proceder el ocultamiento, más una copia de la resolución jurisdiccional o disposición fiscal.
- La Dirección revisará la solicitud, a fin de que cumpla los requisitos y las condiciones de procedencia. También, verificará la información en el Sistema Nacional de Información Preprocesal y Procesal Penal, y en el Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano- SATJE.
- Verificada la información, se dispondrá a la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación de Fiscalía ocultar los datos personales del solicitante con la motivación suficiente.
- Finalmente, se notificará con esta actuación al peticionario.
Hay que tener en cuenta que la información que se solicita ocultar no versa sobre los hechos controvertidos o sobre las etapas del proceso penal, sino que los datos que se busca ocultar son aquellos con los que se identifica a una persona natural, es decir, nombres, apellidos y número de cédula de ciudadanía. Una vez ocultos, en los expedientes se mostrará adjetivos neutros, como por ejemplo “sujeto” o “persona.”
Si necesitas asesoría sobre este tema, no dudes en ponerte en contacto con uno de nuestros profesionales. Puedes escribirnos a info@iurenovum.com o ktorres@iurenovum.com y también llamarnos al 0990938575 o 0990552880. Estaremos encantados de ayudarte